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Estos son los vehículos que no podrán entrar en Madrid a partir del 1 de enero

La Dirección General de Tráfico ha cambiado la normativa para el año que viene

Llorenç Julià Ruiz
Escrito por
Llorenç Julià Ruiz
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Conducir por Madrid es algo que cada vez es más limitado, con el objetivo de fomentar el uso del transporte público y reducir las emisiones de gases contaminantes. Desde tarifas extra en los tickets de aparcamiento por excesos de contaminación, ya son varias zonas de la capital las que cuentan con medidas para evitar que vehículos altamente contaminantes se muevan por sus carreteras.

Ayuntamiento de Madrid
Ayuntamiento de Madrid

A partir del 1 de enero de 2024, se restringirá el acceso a los vehículos con etiqueta A, aquellos que no cuentan con un distintivo medioambiental, de fuera de la capital en todo el término municipal, aunque podrán seguir circulando por el resto de la comunidad. A principios de este año, el acceso y la circulación de estos medios de transporte ya quedó prohibida por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia autopista. Los vehículos con etiqueta B y C podrán seguir entrando con normalidad (a excepción del Distrito Centro, donde solo podrán estacionar en aparcamientos públicos o privados).

Hasta el 31 de diciembre de 2024, podrán circular por estas zonas los vehículos con clasificación ambiental A según su potencial contaminante: domiciliados en Madrid (en el Registro de Vehículos de la DGT), dados de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, conducidos por o empleados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (dados de alta en el Sistema de Gestión de Accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones, y presenten la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida), vehículos A que no sean turismos y aquellos que cuenten con la consideración de históricos, según la normativa correspondiente.

Otro de los grandes cambios llegará el 1 de enero de 2025, con la prohibición de estos vehículos en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Las excepciones serán vehículos adaptados para transporte o conducción de personas con movilidad reducida, aquellos considerados como históricos, de emergencias, con etiquetas B y C o taxis y VTC.

Desde el año 2016, la Dirección General de Tráfico cuenta con un abanico de distintivos para clasificar los niveles de eficiencia energética de los vehículos (en base al Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera), con el objetivo de reducir y limitar las emisiones en ciudades como Madrid o Barcelona. En este caso, los vehículos con etiqueta A emiten 1,6 veces más gases (de media) que un vehículo con clasificación ambiental B.

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