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Cines y teatros podrán cerrar después de las 21 horas en Madrid, bares y restaurantes no

Así lo explica el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid tras la entrada en vigor de las últimas medidas restrictivas

Noelia Santos
Escrito por
Noelia Santos
Editora, Time Out Madrid
Cine Doré Filmoteca española
© Roberto de Baltasar
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Las últimas restricciones aprobadas por la Comunidad de Madrid, las más duras desde el confinamiento y que han supuesto un adelanto del toque de queda a las 22 horas y el cierre de todos los establecimientos, recintos y locales abiertos al público a las 21 horas, tienen alguna que otra excepción (además de los sanitarios y de servicios sociales). Por decirlo de otro modo: hay un sector que podrá 'saltarse' estas normas, al menos en parte, y ese es el de la cultura

Así lo dice el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCAM): "Se fija como criterio interpretativo que la actividad programada de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes y espacios similares iniciada con anterioridad a las 21.00 horas podrá concluir con posterioridad a la misma siempre que permita cumplir con la hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno". 

Sin embargo, la hostelería (a excepción de los locales de comida a domicilio) sí está obligada a cerrar sus puertas a las 21 horas, con el fin de que los clientes puedan cumplir con las limitaciones de circulación (de 22 a 06 horas de la madrugada) anunciadas hasta el 8 de febrero, fecha en la que cesarían estas medidas restrictivas. A no ser que la curva de contagios siga subiendo y la Comunidad vuelva a anunciar nuevas medidas restrictivas. 

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