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¿Qué pasa ahora con Madrid Central?

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este lunes la nueva ordenanza de movilidad

Dani Cabezas
Escrito por
Dani Cabezas
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En materia de movilidad, las cosas están a punto de cambiar para los madrileños. O quizás no tanto. El Ayuntamiento ha aprobado este lunes la nueva ordenanza de movilidad, que sustituye a la de la anterior alcaldesa, Manuela Carmena. Un texto que ha sido aprobado con los 15 votos del PP y los 11 de Ciudadanos, pero también gracias a los del Grupo Mixto, al que se fueron cuatro ex ediles de Más Madrid por discrepancias con su portavoz, Rita Maestre. Los cuatro han votado a favor de la ordenanza, aunque han conseguido introducir 27 de las 29 enmiendas que habían presentado. 

Así pues, Madrid Central desaparece del mapa. Lo hace, al menos, sobre el terreno: la extensión restringida que contempla la nueva ordenanza es exactamente la misma: 4,7 kilómetros. ¿La diferencia? Ahora pasará a denominarse Distrito Centro. En los próximos días, las marquesinas y las pinturas blancas del asfalto se borrarán para dar paso al nuevo nombre, en una operación cuyo coste ascenderá a 185.000 euros. 

Más vehículos tipo A

Hay más cambios. Los comerciantes cuyos vehículos no disponen de etiqueta ambiental –conocidos como vehículos A– y que hasta ahora no podían entrar en Madrid Central, sí podrán hacerlo en Distrito Centro con hasta tres vehículos por local. Una medida que, en total, afecta a unos 15.000 vehículos. Además, los camiones de más de 3,5 toneladas, que tenían prohibido circular desde el 1 de enero de 2022, podrán hacerlo durante año más, hasta 2023. También se aumenta de 30 a 45 minutos el tiempo para las reservas de carga y descarga de cualquier vehículo de mercancías. Las motos, de las que se habló que podrían circular en Distrito Centro hasta las 23 h, finalmente tendrán que abandonarla a las 22 h como hasta ahora. 

También hay novedades para quienes vivan o atraviesen frecuentemente la zona de Plaza Elíptica, una de las más contaminadas de la ciudad. Allí habrá también una zona de bajas emisiones a la que tendrán restringido el acceso los vehículos que no tengan etiqueta ambiental tres meses después de la publicación de la ordenanza en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), algo que previsiblemente sucederá en diciembre.

Para aquellos que tengan un vehículo de tipo A, las cosas se irán complicando poco a poco para circular por Madrid. Para los no residentes en la ciudad estará prohibido el acceso y la circulación dentro de la M-30 desde el 1 de enero de 2022, lo que se ampliará a la propia M-30 desde 2023. Ya en 2024, esa restricción se extenderá a todo el término municipal. Los últimos en verse afectados por esta medida serán los propios madrileños, que a partir de 2025 no podrán circular por la ciudad si no poseen el pertinente distintivo ambiental. 

Menos velocidad en entornos escolares

Otro aspecto clave de la nueva ordenanza es la reducción de velocidad en entornos escolares, que se fijará en 20 km/h de siete a nueve de la mañana y de tres y cinco de la tarde. Por otro lado, en aquellas calles de sentido único se deberá circular a 20 km/h siempre y cuando haya bolardos en las aceras. De lo contrario, a 15 km/h.

Entre las cosas que no cambian, la opción de visitar a un amigo o familiar que viva en la zona con restricciones, lo que se gestionará a través de las invitaciones, como hasta ahora. Tampoco varían las multas, que se mantienen en 90 euros (45 si se pagan en el plazo de 20 días naturales) para quienes accedan a las zonas restringidas. Se trata de la misma sanción que ya se aplica en las Áreas de Prioridad Residencial de Embajadores, Las Letras, Cortes y Ópera.

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